jueves, 24 de mayo de 2012


División de Informática y Sistema
  1. Coordinar con la Oficina Ministerial de Informática, la implantación, desarrollo y ejecución, del Sistema Informático del Ministerio, a nivel de la Zona Educativa, los Distritos Escolares y los Planteles Educativos.
  2. Servir de apoyo a las Dependencias de la Zona Educativa, en el uso del Sistema Informático y de los equipos y aplicaciones de informática y su mantenimiento preventivo y correctivo.
  3. Implantar en la Zona Educativa, Distritos Escolares y Planteles Educativos los lineamientos, normas y procedimientos a seguir en materia de tecnología informática, establecidos por la Oficina Ministerial de Informática.
  4. Coordinar y dirigir los programas informáticos tendentes a la capacitación y adiestramiento del personal de las Zonas Educativas, Distritos Escolares y Planteles Educativos.
  5. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Oficina Ministerial de Informática y el Director de la Zona Educativa.
  6. Estudiar y analizar los procedimientos que se ejecutan en cada una de las dependencias de la Zona Educativa, que puedan ser objeto de automatización, y coordinar el diseño de planes para su Implementación con la Oficina Ministerial de Informática.
  7. Analizar y evaluar la organización y método de los procesos manuales que se ejecutan en las distintas dependencias de la Zona Educativa, que requieran la conversión a sistemas automatizados.
  8. Servir de enlace con la Oficina Ministerial de Informática.
  9. Velar por el mantenimiento y conservación de los equipos de informática, “Hardware y Software”, adscritos a las distintas dependencias de la Zona Educativa, y realizar las tramitaciones correspondientes ante la Oficina Ministerial de Informática.
  10. Llevar un inventario de los equipos de informática, “Hardware y Software”, adscritos a las distintas dependencias de la Zona Educativa, y evaluar sus requerimientos y necesidades en la materia.
  11. Las demás funciones que se le asignen en materia de su competencia.